Nuevas ventajas de tener un vehículo eléctrico

Nuevas ventajas de tener un vehículo eléctrico

El pasado 28 de mayo se aprobó en plenaria de la Cámara de Representantes el Proyecto de Ley que promueve el uso de vehículos eléctricos. Así se estipularon incentivos y beneficios para propietarios que faciliten su adquisición. El objetivo de esta Ley es contribuir a la movilidad sostenible y a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Estas medidas se suman a la eliminación del arancel y la reducción del IVA a 5%, cambios que se originaron en la ley 1116 de 2017.

Durante este mes la iniciativa estará en conciliación entre Senado y Cámara, luego llegará a sanción por parte del Presidente Iván Duque, quien fue ponente de esta misma Ley cuando fue senador de la República. Esta ya incluye recomendaciones y ajustes del Ministerio de Transporte y el Ministerio de Hacienda.

Este es el resumen de los beneficios e incentivos aprobados:

Impuesto sobre Vehículos Automotores

No podrá superar el 1% del valor comercial del vehículo eléctrico. Actualmente se liquida 1.5% para los modelos de menos de $46.630.000, 2.5% para carros pode debajo de $104.916.000, y 3.5% para automóviles avaluados en más de $104.916.000.

Revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes

Seis meses luego de entrar en vigencia esta Ley, el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible reglamentarán la Revisión Técnico-Mecánica y de emisiones contaminantes para los vehículos eléctricos. Ellos establecerán un descuento en su valor, “ya que estos vehículos tienen un equipamiento tecnológico diferente y no generan emisiones de gases contaminantes”, según los ponentes.

Incentivos desde los municipios

Estos podrán desarrollar incentivos económicos como descuentos sobre el registro o impuesto vehicular, tarifas diferenciadas de estacionamientos o exenciones tributarias.

Sin pico y placa

Todos los vehículos eléctricos o cero emisiones estarán exentos de pico y placa y día sin carro y moto. Este punto ya se había dado en las principales ciudades pero ahora se convierte en una directriz nacional.

Parqueaderos preferenciales

Los edificios públicos y comerciales que tengan sitios de estacionamiento (en los municipios de primera y segunda categoría) deberán destinar 2% de sus celdas de parqueo habilitados para el uso preferencial de vehículos eléctricos. En un año, el Ministerio de Transporte deberá decretar con qué color y símbolo se identificación estos estacionamientos preferenciales para carros eléctricos.

30% de los vehículos públicos serán eléctricos

En tres años 30% de los vehículos que usa el Gobierno Nacional y los prestadores de transporte público deberán ser eléctricos. Este punto será verificado por la Contraloría y está sujeto a que exista una oferta para ese momento, un reto para los empresarios. Este aparte es claro en cuanto a la necesidad de integrar vehículos eléctricos en los sistemas de movilidad masiva de las ciudades:

Las ciudades que cuenten con Sistemas de Transporte Masivo deberán implementar políticas públicas y acciones tendientes a garantizar que un porcentaje de los vehículos utilizados para la operación de las flotas, sean eléctricos o de cero emisiones contaminantes cuando se pretenda aumentar la capacidad transportadora de los sistemas, cuando se requiera reemplazar un vehículo por destrucción total o parcial que imposibilite su utilización o reparación y cuando finalice su vida útil y requiera reemplazarse, de acuerdo con el siguiente cronograma:

  • A partir de 2020, mínimo el diez (10) por ciento de los vehículos adquiridos.
  • A partir de 2024, mínimo el treinta (30) por ciento de los vehículos adquiridos.
  • A partir de 2028, mínimo el setenta (70) por ciento de los vehículos adquiridos.
  • A partir de 2030, el cien (100) por ciento de los vehículos adquiridos.”

Estaciones de carga rápida públicas

En tres años los municipios de categoría especial (menos Buenaventura y Tumaco) garantizarán que existan en su territorio mínimo cinco estaciones de carga rápida públicas. En ese mismo lapso, Bogotá instalará como mínimo diez estaciones de carga rápida, de por lo menos 50 kWh.

Construcciones preparadas para los carros eléctricos

Los edificios residenciales y comerciales deberán tener acometidas eléctricas para recarga de vehículos eléctricos. Los constructores deberán dejar la infraestructura necesaria cercana al lugar de estacionamiento. Las empresas de energía instalarán a costo la acometida y realizarán el cobro diferido en la factura del servicio público. Esto no aplica para Vivienda de Interés Social o Interés Prioritario.

Uno de los argumentos de la Ley se basó en casos de otros países en los que ya se tiene fecha para prohibir la venta de carros con motores a combustión: Holanda y Noruega: 2025, Alemania e India: 2030, Francia y Reino Unido: 2040.


Esta iniciativa nos llena de más razones para continuar apostándole por la movilidad del futuro, recuerda que Auteco cuenta con Starker su marca de vehículos eléctricos donde podrás encontrar un amplio portafolio que va desde motos eléctricas, bicicletas eléctricas, hasta camiones eléctricos.


Este artículo fue tomado de la Revista VEC